contrato de trabajo.
Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona
natural se obliga a prestar un servicio personal a otra
persona natural o jurídica.
elementos esenciales del contrato de trabajo.
hay tres elementos importantes para que haya contrato de trabajo.
- la actitud personal del trabajador.
- La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes.
- Un salario como retribución del servicio.
contrato a termino indefinido.
as partes no
determinan su duración y puede ser verbal o
escrito.
contrato a termino fijo.
es por escrito y su
duración no puede ser superior a 3 años; y
puede ser:
* A término fijo mínimo a un año.
* A término fijo entre 1 y 3 años.
Para poder dar por terminado este contrato debe ser avisado por escrito al trabajador 30 días
antes de la fecha establecida si no es avisada se renueva automáticamente por
un periodo igual al inicialmente pactado.
periodo de prueba.
es aquel tiempo en el que el cual tanto el trabajador como el empleador evalúa las actividades realizadas.
- el periodo de prueba siempre debe de estar por escrito.
- el periodo de prueba no puede acceder de dos(2) meses.
pagos laborales.
salario mínimo.
Es el que todo trabajador
tiene derecho a recibir para
cubrir sus necesidades.
El salario mínimo rige para
los trabajadores que
laboran la jornada máxima
legal. Para quienes trabajan
jornadas inferiores a la
máxima legal, regirá el
salario mínimo en
proporción al numero de
horas trabajadas.
diurno y nocturno.
se califica como
trabajo diurno-ordinario el
comprendido entre las 6:00 a.m. y las
10:00 p.m. y como trabajo nocturno, el
comprendido entre las 10:00 p.m. y las
6:00 a.m. El trabajo nocturno se
remunera con un recargo del 35%
sobre el valor del trabajo ordinario
diurno.
horas extras.
Es el trabajo que se desarrolla más allá de la jornada ordinaria o máxima
legal. No puede exceder de 2 horas diarias y 12 a la semana y se
requiere la autorización que otorga el Ministerio de Protección Social.
El trabajo Extra Nocturno se remunera con un recargo del 75% sobre el
valor del trabajo ordinario diurno.
El trabajo Extra Diurno se remunera con un recargo del 25% sobre el
valor del trabajo ordinario diurno.
días festivos.
Además de los domingos, el trabajador
tiene derecho al descanso remunerado
en los días señalados como festivos. si el trabajador labora los días festivos tiene un recargo del 75% sobre el salario ordinario
concepto para liquidar nomina.
- hora diurna= 0%
- hora nocturna= 35%
- hora extra diurna= 25%
- hora extra nocturna= 75%
- hora festiva= 75%
- hora nocturna festiva= 110%
- hora extra diurna festiva= 100%
- hora extra nocturna festiva= 150%
prestaciones sociales.
Las prestaciones sociales son beneficios
legales que el empleador debe pagar a sus
trabajadores, para atender necesidades o
cubrir riesgos originados durante el
desarrollo de su actividad laboral.
prima de servicios.
Equivalente a 15 días de salario por el
tiempo laborado durante el semestre o
proporcional por fracción Esta prestación
se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre,
o a la terminación del contrato de trabajo.
auxilio de cesantias.
es brindarle al trabajador un medio de
subsistencia a la terminación del contrato de trabajo.
El empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las
deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año.
intereses a las cesantias.
En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al
trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.
auxilio de transporte.
Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales
mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el
Gobierno Nacional.
seguridad social.
es brindarle a los trabajadores y a sus familias, una
protección integral en la invalidez, vejez y muerte, para cubrir los
riesgos que puedan afectar su salud.
esta formado por.
- pensión.
- salud.
- riesgos profesionales.
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