viernes, 29 de mayo de 2015

ley 1010 de 2006

acoso laboral.

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hay seis modalidades.

1. maltrato laboral:

2. Persecución Laboral: 
3. Discriminación Laboral: 
4. Inequidad Laboral: 
5. Entorpecimiento Laboral: 
6. Desprotección Laboral: 

conductas que constituyen acoso laboral:
La ley 1010 de 2006 en su artículo 7, ha tipificado como acoso laboral por parte del empleador una serie de conductas de este contra sus empleados:

1. Agresión física. 
2. Expresiones hostiles.
3. Injustificadas amenazas de despido 
4. Descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo 
5. Burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir. 
6. Alusión pública a hechos íntimos 
7. Asignación de deberes extraños a la obligación laboral y exigencias desproporcionadas. 
8. Los horarios excesivos, cambios bruscos de turno, trabajar domingos y festivos sin fundamento. 
9. Trato discriminatorio. 
10. Negativa a otorgar permisos, licencias = hay condiciones legales. 
11. Injurias (es posible que sean anónimas).

conductas que no constituyen:

1. Actos para ejercer potestad disciplinaria. 
2. Exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial. 
3. Memorandos solicitando exigencias técnicas o eficiencia laboral, conforme a indicadores objetivos. 
4. Solicitud de deberes extras para la continuidad del servicio. 
5.Terminar el contrato de trabajo por justa causa (C.S.T) 
6. Exigir cumplimiento de Deberes y obligaciones del C.S.T Arts 55 al 57 y 59 – 60. 
7. Exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en contratos y cláusulas de trabajo.

conductas atenuantes:

1. Buena conducta anterior 
2. Obrar en estado de emoción o pasión excusable. 
3. Disminuir la conducta o anular sus consecuencias. 
4. Reparar discrecionalmente el daño causado 
5. Conductas de inferioridad psíquica. 
6. Vínculos familiares y afectivos. (Inexequible Sentencia C-898 de 2006) 
7. Manifiesta provocación o desafío. 

conductas agravantes:

1. Reiteración de la conducta. 
2. Concurrencia de causales. 
3. Realizar la conducta por humillación o mediante precio o promesa remuneratoria. 
4. Actuar mediante ocultamiento que dificulte la defensa del ofendido, o la identificación del autor. 
5. La posición predominante que el autor ocupe en la sociedad. 
6. Actuar valiéndose de un tercero o un inimputable. 
7. Cuando se cause un daño en la salud física o psíquica del sujeto. 


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bienes jurídicos protegidos:

1. El trabajo en condiciones dignas y justas. 
• la libertad. 
• la intimidad 
• la honra 
• la salud mental de los trabajadores 
• la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral 
• El buen ambiente en la empresa.


sujetos activos o autores del acoso laboral:

1. Gerente, jefe , director, supervisor. 
2. La persona natural que se desempeñe como trabajador o empleado público. 
3. La persona natural que induzca, favorezca u omita cumplir las sanciones.

sujetos pasivos o victimas:

Los trabajadores o Empleados sujetos a una relación de trabajo. Los jefes inmediatos.

sujeto participes:
1. Empleador. 
• La persona natural que omita cumplir los requisitos o amonestaciones.

mecanismo de prevención:

1.  El Comité Obrero Empleador. • Actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de la empresa.


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viernes, 22 de mayo de 2015

todo lo que debe saber como empleador.

contrato de trabajo.












Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica.

elementos esenciales del contrato de trabajo. 

hay tres elementos importantes para que haya contrato de trabajo.
  1. la actitud personal del trabajador.
  2. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes.
  3. Un salario como retribución del servicio.
contrato a termino indefinido.
as partes no determinan su duración y puede ser verbal o escrito.

contrato a termino fijo.
es por escrito y su duración no puede ser superior a 3 años; y puede ser: 
* A término fijo mínimo a un año.
* A término fijo entre 1 y 3 años.

Para poder dar por terminado este contrato debe ser avisado por escrito al trabajador 30 días antes de la fecha establecida si no es avisada se renueva automáticamente por un periodo igual al inicialmente pactado.

periodo de prueba.
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es aquel tiempo en el que el cual tanto el trabajador como el empleador evalúa las actividades realizadas.
  • el periodo de prueba siempre debe de estar por escrito.
  • el periodo de prueba no puede acceder de dos(2) meses.
pagos laborales.
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salario mínimo.
Es el que todo trabajador tiene derecho a recibir para cubrir sus necesidades.
El salario mínimo rige para los trabajadores que laboran la jornada máxima legal. Para quienes trabajan jornadas inferiores a la máxima legal, regirá el salario mínimo en proporción al numero de horas trabajadas.

diurno y nocturno.
se califica como trabajo diurno-ordinario el comprendido entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m. y como trabajo nocturno, el comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 35% sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

horas extras.
Es el trabajo que se desarrolla más allá de la jornada ordinaria o máxima legal. No puede exceder de 2 horas diarias y 12 a la semana y se requiere la autorización que otorga el Ministerio de Protección Social. El trabajo Extra Nocturno se remunera con un recargo del 75% sobre el valor del trabajo ordinario diurno. El trabajo Extra Diurno se remunera con un recargo del 25% sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

días festivos.
Además de los domingos, el trabajador tiene derecho al descanso remunerado en los días señalados como festivos. si el trabajador labora los días festivos tiene un recargo del 75% sobre el salario ordinario 

concepto para liquidar nomina.
                                                
  • hora diurna= 0%
  • hora nocturna= 35%
  • hora extra diurna= 25%
  • hora extra nocturna= 75%
  • hora festiva= 75%
  • hora nocturna festiva= 110%
  • hora extra diurna festiva= 100%
  • hora extra nocturna festiva= 150%

prestaciones sociales.

Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.

prima de servicios.
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Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre o proporcional por fracción Esta prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.

auxilio de cesantias.
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es brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo. El empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año.

intereses a  las cesantias.

En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.

auxilio de transporte.
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Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional.

seguridad social.
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es brindarle a los trabajadores y a sus familias, una protección integral en la invalidez, vejez y muerte, para cubrir los riesgos que puedan afectar su salud. 
esta formado por.
  • pensión.
  • salud.
  • riesgos profesionales.






domingo, 19 de abril de 2015

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL.



origen de la legislación laboral


antes de que llegaran los conquistadores a nuestro país, los aborígenes se dedicaban a la caza, la pesca y la agricultura, obedecían las ordenes de un jefe o cacique de la tribu.
cuando llegaron los conquistadores, todas estas costumbres fueron cambiando y ellos fueron obligados a trabajar en minas para colmar la avidez de oro.

 ellos para poder lograr sus objetivos, impusieron ordenes y decretos que tenia origen al rey de España con el nombre LEGISLACIÓN INDIANA.
con la situación de la independencia se cristalizo desde el 1 de enero de 1852. a partir de este momento se empezó a aparecer algunas leyes sociales y a partir de ese momento se conoce como el CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO. 

algunas leyes.ley 29 de 1905.
  • ley 57 de 1915.
  • ley 46 de 1918.
  • ley 78 de 1919.

cada año se seguían expidiendo leyes y decretos que hacen medición a a los aspectos relacionados entre empleador y trabajador, o que crearon algunos organismos protectores de los trabajadores.


  • ley 96 de 1938: creo el ministerio del trabajo, hoy en día fusionada con el de salud y denomina ministerio de la protección social.
  • ley 90 de 1946: por medio de la cual se creo en Colombia el seguro social obligatorio.
en el año 1950, bajo el gobierno de mariano Ospina Perez, se promulgaron decreto legislativo N 2663 y el decreto 3743, que dieron origen a nuestro CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO.

en la ultima de cada, dos cambios se han introducido la legislación laboral colombiana: la ley 50 de 1990 y la ley 100 de 1993.
la ley 50 los trabajadores colombianos perdieron grandes derechos grandes derechos como la retroactividad de la cesantia, la pensión sanción y la acción reintegro para los trabajadores con más de 10 años de servicio a un empleador y que eran despedidos sin justa causa; al mismo tiempo se modifico el régimen legal de los contratos a termino fijo, permitiendo sus prorroga sin limite.
la ley 100 de 1993 modifico todo lo relacionado con las pensiones. a finales del año 2002 se promulgo la ley 789 que introdujo modificaciones trascendentales en la liquidación en la jornada de trabajo.


código sustantivo del trabajo.




    contiene tres grandes aspectos en el campo de derecho social:

  • derecho individual del trabajo.
  • derecho colectivo del trabajo
  • el sistema de seguridad social integral.
DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO: abarca todos los derechos y obligaciones que asisten a los trabajadores con respecto a sus empleadores, y a las obligaciones que asisten a estos con respecto a sus trabajadores.
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO: contiene todos los derechos y obligaciones que surgen entre empleadores y trabajadores organizados en sindicatos o asociaciones profesionales. 
EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: fue creado por la ley 100 de 1993  y los derechos que la reglamentan, aspectos que hoy constituyen, en la practica, un nuevo código denominado RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA. el sistema de seguridad integral tiene como objetivo garantizar los derechos irrenunciables  de la persona y la comunidad.


campo de aplicación.
la legislación se aplica a todos los habitantes del territorio de la república.
lo anterior tiene fundamento al articulo 10 dela constitución política nacional, que dice.
"es deber de todos los nacionales y extranjeros en Colombia, vivir sometidos a la constitución y a las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades".

¿ que asuntos regula el código sustantivo del trabajo?
  • por este código se regulan las relaciones laborales de los trabajadores particulares con sus empleadores.
  • las relaciones laborales colectivas entre empleadores y sindicatos oficiales y particulares.

servidores públicos.
articulo 126 de la constitución nacional de 1991.
los empleados públicos son aquellos que prestan sus servicios a la nación, a los departamentos, al distrito capital, a los municipios y a las entidades descentralizadas que se vinculan a la administración mediante un acto administrativo de nombramiento y posesión.

los empleados públicos pueden calificarse así:
  • funcionarios de rango constitucional.
  • funcionarios públicos del orden legal.
  • empleados públicos de carrera.
  • empleados públicos en periodo de prueba.
  • empleados públicos departamentales.
  • empleados públicos municipales.

normas protectoras del trabajo.
el estado protege cualquier actividad que el colombiano elija para procurarse la subsistencia.

¿ que es el trabajo?
trabajo es toda actividad humana, que una persona natural ejecutiva conscientemente al  servicio de otra natural natural o jurídica, y cualquiera que sea su finalidad.


aplicación de las normas.
todo empleados esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia. la correcta aplicación influye en la nueva marcha de su empresa y redunda en beneficio de las relaciones con sus trabajadores.